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Escrito por Miriam Paniagua Pinto
en julio 01, 2021

Contrario a lo que se piensa, la planeación fiscal no es para burlar la ley, sino una herramienta preventiva que permite evitar cualquier situación delictiva.

Hay quien malentiende la planeación fiscal y suponen que a través de ella se puede “burlar” la ley.  Sin embargo, no hay nada más alejado de la realidad. La planeación fiscal debe ser un aliado que permita a la empresa optimizar sus recursos, sin dejar de cumplir con sus obligaciones fiscales. Es una herramienta de control con la que cuenta el empresario para vislumbrar el futuro, en otras palabras, es una herramienta preventiva.  La planeación fiscal es investigación y debe ser utilizada para pagar, cuando llegue el momento, lo que se debe, sin tomar por sorpresa al flujo de efectivo.

La planeación fiscal debe ser realizada a través de especialistas fiscales, de preferencia, ajenos a la empresa. No obstante, es de suma importancia considerarla en el presupuesto anual de la empresa como cualquier otro gasto que impacte las utilidades netas.

La planeación debe considerar la situación fiscal individual de cada empresa.  Apegándonos a la metodología de “resolución de caso”, los pasos a seguir para asegurar el éxito de la Planeación Fiscal son:

        1.  Estudio de todos los elementos jurídicos, financieros, mercantiles y fiscales del contribuyente.
        2.  Una vez estudiadas y definidas las obligaciones de la empresa, hay que definir las alternativas por las que puede optar.
        3. Cada alternativa debe ser estudiada considerando tres puntos:
          • Pasos y costos para implementarla
          • Impacto en los estados financieros (hay ocasiones que implementar la estrategia conlleva gastos, y se debe analizar el costo-beneficio)
          • Evitar riesgos, hay que cerciorarse que la estrategia a implementar no provenga de alguna laguna legal, ya que en caso de que la autoridad realice alguna revisión, no debiéramos ser sujetos a multas y recargos.


        4. Implementación; una vez tomados los acuerdos, podemos pasar a la etapa de implementación, informando a todas las áreas o personas involucradas sobre el impacto y relevancia de su trabajo en el cumplimiento de la planeación.

        5. Seguimiento.  Al igual que cualquier política implementada en una empresa, la Planeación Fiscal debe ser supervisada y sobre todo revisado anualmente, ya que el dinamismo de las leyes fiscales es tal, que, de un año a otro, puede cambiar radicalmente.

Uno de los objetivos de la planeación fiscal es evitar la defraudación fiscal. A continuación, enlisto los artículos relacionados con este delito en el Código Fiscal de la Federación (CFF):

Artículo 95. Son responsables de los delitos fiscales, quienes:

  1. Concierten la realización del delito.
  2. Realicen la conducta o el hecho descritos en la Ley.
  3. Cometan conjuntamente el delito.
  4. Se sirvan de otra persona como instrumento para ejecutarlo.
  5. Induzcan dolosamente a otro a cometerlo.
  6. Ayuden dolosamente a otro para su comisión.
  7. Auxilien a otro después de su ejecución, cumpliendo una promesa anterior.

Artículo 108. Comete el delito de defraudación fiscal quien, con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.

 

La omisión total o parcial de alguna contribución a que se refiere el párrafo anterior comprende, indistintamente, los pagos provisionales o definitivos o el impuesto del ejercicio en los términos de las disposiciones fiscales.

 

El delito de defraudación fiscal y el delito previsto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, se podrán perseguir simultáneamente. Se presume cometido el delito de defraudación fiscal cuando existan ingresos derivados de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

El delito de defraudación fiscal se sancionará con las penas siguientes:

  1. Con prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $1,221,950.00.
  2. Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $1,221,950.00 pero no de $1,832,920.00.
  3. Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $1,832,920.00.

Cuando no se pueda determinar la cuantía de lo que se defraudó, la pena será de tres meses a seis años de prisión.

Si el monto de lo defraudado es restituido de manera inmediata en una sola exhibición, la pena aplicable podrá atenuarse hasta en un cincuenta por ciento.

El objetivo de los empresarios es mantener a su empresa funcional, efectiva y eficiente. Una situación en la que la empresa se pueda ver afectada, debe ser evitada a toda costa. Por esta razón, la planeación fiscal es de suma importancia. Como fue mencionado previamente, la planeación fiscal es una herramienta preventiva que permite evitar cualquier situación delictiva derivada de la ignorancia de las leyes que le aplican al contribuyente.

Como conclusión, me gustaría compartir la idea sobre las estrategias comerciales que las empresas implementan hoy día. Gracias a la globalización, los consumidores pueden adquirir bienes o servicios de cualquier parte del mundo, por lo cual, la competencia ya no es local, sino mundial. Debido a esta nueva hegemonía en la cultura empresarial alrededor del mundo, las estrategias comerciales deben tener un enfoque internacional y deben ser más agresivas.  

Ya no podemos tener solo una visión local, los empresarios deben considerar el costo tributario como parte del producto. El conocimiento de la normatividad fiscal nacional e internacional es sin duda una ventaja competitiva, ya que representa ahorros porcentuales importantes que permiten a la empresa posicionarse mejor en el mercado.

Si deseas ser asesor fiscal y conocer más acerca de las competencias y conocimientos que puedes desarrollar al cursar una Maestría de Impuestos de la Facultad de Empresariales, de la Universidad Panamericana, no dudes en contactarnos.

 

*Miriam Paniagua es director de Posgrados de la Facultad de Empresariales de la Universidad Panamericana.

 

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