Aunque a menudo se asegura que "la corrupción no es un delito sin víctimas". A las víctimas de la corrupción rara vez se les consulta, indemniza y representa en procedimientos judiciales.
No cabe duda de que existe una dificultad patente para definir e identificar a las verdaderas víctimas de la corrupción. Las víctimas deben evidenciar cualquier daño directo para poder acceder a la ley, lo cual en sí es difícil de probar.
Con frecuencia, la corrupción daña a varias comunidades u ocasiona un perjuicio más generalizado, como la pérdida de integridad en instituciones sociales o la reorientación de presupuestos públicos hacia proyectos de interés privado. Cabe decir que es más difícil aún probar y cuantificar el daño generalizado.
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El problema de identificar a las víctimas se ve agravado por el hecho de que algunos sistemas legales sólo reconocen a otros estados como víctimas de la corrupción, mientras que ciertos estados tienden a considerar a los estados de los países afectados como conspiradores potenciales.
Es fundamental por varias razones, entonces, encontrar formas de garantizar que las víctimas de la corrupción puedan ser representadas e indemnizadas de manera oportuna:
- Se proyecta a la corrupción como uno de los delitos más graves, en que las víctimas tienen derecho a ser representadas y acceder a la información.
- Se garantiza que se reconozca el daño real que ocasiona la corrupción, así como evidencia el impacto de quienes han sido responsables de la misma, incluidos funcionarios corruptos y ejecutivos empresariales.
- Se facilita establecer sanciones económicas proporcionales al delito y basadas en los daños ocasionados.
- Se fomenta que las víctimas de corrupción participen en el proceso legal.
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Esta cuestión, no obstante, ha comenzado a recibir la atención internacional que merece. La Open Society Foundation publicó dos artículos, hace cuatro años, sobre las víctimas de la corrupción:
El primero, de Rick Messick, analiza los obstáculos tangibles a que se enfrentan los estados extranjeros -competidores y accionistas también- para reclamar la condición de víctimas bajo el sistema estadounidense. Concluye que tales obstáculos no son insuperables.
El segundo, de Abiola Makinwa, presenta un argumento sólido a favor de las cláusulas que incluyan a terceros beneficiarios en los contratos públicos para garantizar que las comunidades, beneficiarios principales, puedan reclamar la condición de víctimas en caso de verse afectadas por corrupción.
Mientras tanto, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito ha elaborado un documento sobre prácticas para identificar a las víctimas y ofrecerles indemnizaciones en el contexto de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC).
Varios artículos de la CNUCC abordan este tema: “garantía de que que las víctimas estén representadas en los procesos penales”, “garantía de que los tribunales puedan exigir a los infractores pagar una indemnización a los Estados perjudicados” y la “omisión de la necesidad de mediación de partidos políticos”.
Esta es una excelente oportunidad para que varios países se involucren a fondo en el tema de las víctimas y la compensación.
Encontrar formas innovadoras de darles voz a las víctimas de la corrupción es esencial para que pueda evidenciarse el daño total de sus efectos. Esto incluye el reconocimiento de las comunidades y de los estados, como víctimas de la corrupción, y el compromiso de fiscales a nivel internacional.
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