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Escrito por Escuela de Gobierno y Economía
en enero 09, 2024

La lucha incansable contra la corrupción en México encuentra su fundamento en las disposiciones detalladas en el Código Penal Federal. 

La comprensión profunda de los delitos tipificados en los diversos capítulos de dicha normativa se revela como una necesidad imperante para aquellos involucrados en el ámbito jurídico y proporciona las herramientas esenciales para combatir prácticas indebidas, así como promover la transparencia en la función pública.

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La ley en México contra la corrupción

En la legislación que establece las normas penales se abordan diversas formas de corrupción que amenazan la integridad del sistema, entre las que figuran graves atentados contra la integridad por parte de los gobernantes y servidores del Estado, tales como concusión, tráfico de influencias y peculado.

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A continuación, te brindamos una breve explicación de cada uno de los delitos de corrupción contemplados en el título décimo del Código Penal Federal:

  • Artículo 214: ejercicio ilícito de servicio público 

Prohíbe ejercer funciones públicas sin legitimidad, incumplir requisitos legales y permanecer en el cargo después de la revocación. 

También penaliza la omisión de informar sobre actos perjudiciales para entidades gubernamentales, la sustracción ilegítima de información, la presentación de informes falsos cuando se requieren legalmente y el incumplimiento de deberes de custodia o protección que resulten en daño o pérdida.

  • Artículo 215: abuso de autoridad 

Enumera conductas ilegales de funcionarios en que pueden aprovecharse de su cargo de autoridad, como al solicitar el auxilio de la fuerza pública para impedir la ejecución de leyes, retardar o negar indebidamente protección o servicio a particulares, y en la negativa injustificada de administrar justicia, entre otros.

  • Artículo 216: coalición de servidores de públicos

Considera delito que los funcionarios que, teniendo tal carácter, se unan para tomar medidas contrarias a una ley, reglamento u otras disposiciones de carácter general, con el propósito de impedir su ejecución o realizar dimisiones colectivas para obstruir o suspender la administración gubernamental en cualquiera de sus ramas.

Sin embargo, se excluye de esta categoría a los trabajadores que se coaliguen en ejercicio de sus derechos constitucionales o que hagan uso del derecho de huelga.

  • Artículo 217, 217 bis y 217 ter: uso ilícito de atribuciones y facultades; pago y recibo indebido de remuneraciones de los funcionarios

Tipifica acciones de autoridades que otorgan concesiones, permisos, licencias, entre otros con recursos públicos. Penaliza a quienes solicitan o promueven estas operaciones de manera ilegal. 

El artículo 217 bis agrega el delito de generación y uso de información falsa por particulares contratistas, así como aprobar o recibir pagos no autorizados según la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.

  • Artículo 218: concusión 

Implica el uso incorrecto de funciones públicas como la extorsión para obtener beneficios de manera injusta o en cantidades superiores a las establecidas legalmente. 

  • Artículo 219: intimidación

Establece sanciones en casos de intimidación como medio para obtener privilegios. 

Se castiga el uso de violencia física o moral con la finalidad de evitar que alguien presente denuncias o información, así como a terceros vinculados con estas personas, como represalia.

  • Artículo 220: ejercicio abusivo de funciones

Se refiere al otorgamiento prohibido de contratos, concesiones u otros actos que generen beneficios económicos para el agente público o personas vinculadas

La segunda situación constituye el aprovechamiento de información no pública obtenida en el ejercicio del cargo.

  • Artículo 221: tráfico de influencia

Aborda el uso incorrecto de la influencia de un servidor al solicitar o recibir ganancias para realizar o dejar de realizar actos vinculados a sus funciones. 

En segundo lugar, al ofrecer, prometer o entregar bienes a personas relacionadas con el ámbito judicial para coaccionar sus actos

Por último, en el caso de que un legislador federal gestione recursos durante el proceso de aprobación del presupuesto de egresos exigiendo u obteniendo comisiones o solicitando la adjudicación de contratos de obra pública o servicios a favor de ciertas personas físicas o morales.

  • Artículo 222: cohecho

Se da al momento de que una autoridad solicita o recibe ilícitamente dinero o promesas para influir en la ejecución de actos relacionados con sus funciones o en el ámbito judicial. 

Así como en el caso de que un legislador federal, durante el proceso de aprobación del presupuesto de egresos, gestione recursos para un ente público exigiendo u obteniendo comisiones o la adjudicación de contratos de obra o servicios a favor de terceros.

  • Artículo 222 bis: cohecho a agentes públicos extranjeros

En este capítulo se imponen penas a quienes buscando obtener o retener ventajas indebidas en transacciones comerciales internacionales, ofrecen, prometen o dan, por sí mismos o por interpósita persona, dinero o cualquier otra dádiva con la participación de funcionarios extranjeros.

  • Artículo 223: Peculado

Se considera peculado cuando un servidor público desvía dinero, valores o bienes pertenecientes al Estado o a particulares para su provecho o el de terceros. 

Se incluye la situación en que cualquier persona solicita o acepta realizar promociones o denigraciones a cambio de fondos estatales o beneficios derivados de actos indebidos. 

Además, cuando una persona, no siendo agente público federal pero legalmente obligada a la custodia de recursos federales, los desvía para los fines ya señalados.

  • Artículo 224: enriquecimiento ilícito

Figura en el momento en que un agente público no puede demostrar el aumento legítimo de su patrimonio o la procedencia legítima de los bienes registrados tanto a su nombre como a los de su cónyuge o dependientes económicos directos de este. 

A lo largo de los capítulos del Código Penal Federal mexicano, se revela una estructura legal robusta para combatir la corrupción. No obstante, la efectividad de estas disposiciones depende en gran medida de su aplicación diligente y la adaptación constante a los retos emergentes. 

La consolidación de un sistema legal efectivo y la promoción de una cultura de integridad son imperativos para alcanzar avances significativos en la erradicación de la corrupción en México.

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